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Peritajes

Legalización de viviendas

Legalización de edificios existentes de acuerdo con la ley de construcción en Mallorca por puntos: 

 

1. Unpermiso de construcciónsólo se puede concedersi no existeinfracciónde la ley en la construcción existente en la parcelaen cuestión.Esto significa quetodas laspartes del edificiotienen queser legales.En el caso delas viejas estructuras, en muchos casos existen piezas,porches, garajes y pérgolasque han sido agregados posteriormente y sin autorización a la construcción original y quenecesitan serlegalizados, antesde esto no se permite darun permiso de construcciónparala ampliaciónoreconstrucción.

 

2. En cuanto ala legalizaciónde edificiosexistentesen Mallorcase debe distinguir entre2situaciones:legalización enáreasurbanas (urbanización) y la legalizaciónenzona rural

 

2.1. Legalización en área urbana:

La legalidad de las partes del edificio debe establecerse sobre la base de la ley de edificación o viejas leyes de construcción, que estaban vigentes en el momento de la construcción de las partes del edificio que deben ser legalizadas, lo que debe probarse legalmente por primera vez.

 

 

 

2.2. Legalización en zona rural:

Se aplicade forma análogalo anteriordichoen 2.1,pero existela opción adicionalde acuerdo con lanueva ley de tierrasde las Islas Balearesa partir del29 de mayo 2014,que los edificiosestánlegalizadospor 3años, debido ala regulación de excepción que se detalla a continuación.

 

(Actualización deenero / febrero de2016:

Elnuevo gobiernode las Islas Baleares,
ha modificado lasregulacionespreestablecidas de legalización deconstruccionesen terreno rural, después de este cambiodegobierno se modifica el Reglamento"Decreto Ley 1/2016y2/2016" en este párrafo (2.2)! Quedapor ver sien la próxima legislaturase retomanuevamenteel Regalmento y regulacionesoriginales o si sigue este en vigor.)

 

La clasificación de lazona ruralen la queel edificio se construyó, paraser legalizadose basaen las siguientes distinciones:SUELORUSTICOCOMUM(zona ruralcomún) oSUELORUSTICOPROTEGIDO(zona rural protegida).

 

 

2.2.1. La legalización en SUELO RUSTICO COMUN es posible para construcciones que no hayan sido registradas hasta el 29th of May 2014, y para aquellas cuya existencia supera los 8 años se puede probar su legalidad de forma vinculante.

 

2.2.2. Legalización en SUELO RUSTICO PROTEGIDO (clasificacion ANEI, AANP, ARIP Y

API). Solo edificios que puedan probar legalmente su existencia antes del 10 de Marzo 1991 pueden ser legalizados si no han cambiado de uso hasta esa fecha.

 

3. Documentación rquerida para la legalización de edificios o partes de edificios:

 

 

El arquitecto tiene que preparar un proyecto para cada legalización, incluyendo todos los planos, como si de una nueva construcción se tratara. Esto significa demostrar la estática, cumplimiento de las normas y leyes de la construcción.  El arquitecto y el arquitecto técnico son responsables del edificio como si hubieran diseñado y llevado a cabo la gestión de la construcción.

 

4. Honorarios habituales para Legalizaciones

Por lo general las tasas corresponden a los honorarios que habría que pagar para construir una casa, esto sin contar que puede haber costos adicionales debido a mediciones "in situ".

Para casos de legalización mas complejos y complicados o si se necesita contactar con la oficina de preservación de monumentos o la oficina de protección del medio ambiente, las tasas pueden ser diferentes.  Las tasas también varian de acuerdo al éxito de la gestión. 

5. Engaging of lawyers

Por lo general, no es necesario contratar a un abogado para que realice una legalización y todas las tareas relacionadas las puede llevar a cabo el arquitecto perfectamente. Si durante la fase de legalización, la oficina de construcción a cargo está actuando ilegalmente, por ejemplo ignorando los plazos para la tramitación de la solicitud de construcción, un abogado tiene que presentar en este caso una demanda en contra de la oficina. Un procedimiento común por desgracia, llamado "Contencioso Administrativo".

 

6. Los honorarios de la autoridad competente para legalizaciones de acuerdo con la nueva ley

(Véase más arriba, abolidapor decretoley1/2016yDecreto2/2016)

15%, 20% , 25% de loscostos teóricos de construccióncorrespondientes a losaños1,2, 3.